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Remolque y asistencia
Por Fernando Romero Carranza
A) Asistencia prestada por medio de un remolque sin contrato previo, frente a una situación de peligro se generará el derecho al salario de asistencia cuando no existiendo un contrato previo el remolcador asistente responde a un pedido de auxilio, asume el peligro en que se encuentra el buque auxiliado, lo libera del mismo y lo remolca llevándolo a un lugar seguro obteniendo así “un resultado útil”.-
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Términos mencionados en esta doctrina: asistencia, previo, peligro, remolque, contrato, remolcador, remolcado.